Notificación del nombramiento de cargo certificante al anterior titular del cargo cuando éste tiene su domicilio en otro país de la UE

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (“DGSJFP”) ha establecido el medio por el que se deberá realizar la notificación notarial del nombramiento de cargo con facultad certificante al anterior titular de dicho cargo, cuando este tenga su domicilio en otro Estado Miembro de la Unión Europea (en cumplimiento de lo previsto por el artículo 111 del Reglamento del Registro Mercantil).

La Resolución de 19 de marzo de 2024 de la DGSJFP desestimó un recurso contra la calificación negativa del Registrador Mercantil que rechazó inscribir el acuerdo de nombramiento de un nuevo administrador por no constar la notificación del cese al anterior administrador, constando únicamente una notificación fallida por correo certificado al domicilio del referido administrador que constaba en el Registro Mercantil, que se encontraba en Francia.

La Dirección establece que, en aplicación del  Reglamento (UE) 2020/1784, la notificación (en este caso, notarial) hubo de realizarse a través del Letrado de la Administración de Justicia del órgano judicial correspondiente al domicilio del notario autorizante.

Y, argumenta, que esto es así porque España ha designado ante la Comisión europea a los Letrados de la Administración de Justicia como única autoridad competente para la transmisión y recepción de notificaciones y traslado de documentos extrajudiciales.